30 de mayo 2012 se llevo a cavo una conferencia en el "Centro Taurino De Lima" en La Casa Iturry por el Sr. Jaime De Rivero, Abogado, periodista y investigador taurino quien pudo demonstrar un nuevo camino hacia la defensa de la "Fiesta Taurina" por medio de la Constitución, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DDHH) y los Derechos Culturales (Diversidad de Cultura y Ritos) todos amparados dentro de la ley.
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DOCTOR: JAIME DE RIVERO BRAMOSIO.- DICTO EXTRAORDINARIA CÁTEDRA DE DERECHO JURÍDICO TAURINO C.C. Martin Cuba Sanchez Ayer miércoles 30 de Mayo, en la Casa Iturry.- El Centro Taurino de Lima, con el tema "La Defensa de la fiesta desde la cultura y las leyes" expuesto por el Doctor Jaime de Rivero; fue una brillante oportunidad para tomar conocimiento del alcance jurídico, los derechos culturales y las corridas de toros. El amigo abogado, asesor de empresas y periodista taurino aporto un nuevo enfoque para la defensa legal a partir de los derechos culturales amparados por nuestra constitución. Los mismos que no se han tomado en cuenta hasta ahora, tampoco se encuentra en la sentencia del exp Nº 00017-2010-PI/TC publicado el 19 Mayo 2011 del Tribunal constitucional, la misma que declara INFUNDADA la demanda por in-constitucionalidad, prevaleciendo el fundamento de que; los espectáculos taurinos no solo tienen arraigo en nuestra historia, sino que se ha difundido de manera que dicho arte forma parte de las fiestas más representativas de nuestro país, razón por la cual negar el carácter cultural constituye una negación a nuestra propia historia, razón por la cual se le otorga el carácter de cultura a los espectáculos taurinos En su exposición el doctor establece que las corridas de toros están protegidas por el derecho humano a la cultura contemplado en el articulo 2 de la constitución por lo que cualquier prohibición seria inconstitucional En clara exposición de motivos se paso revista a decena de tratados internacionales celebrados, en los últimos 60 años, demostrando que el Perú asume en la comunidad internacional, la obligación de defender, preservar y difundir las diversas manifestaciones culturales del país, entre las cuales se encuentra la tauromaquia. Hasta este punto; consultado por los actos de organizar una exposición taurina en el Congreso de la República por ordenes del actual Ministro URQUIZO y el asesor Roger PANDO, en el mes de Noviembre del año pasado con fines Anti-Taurinos. Alcanzamos una respuesta contundente. El Congreso es un poder del estado y de por-medio existe la sentencia del tribunal constitucional que obliga al estado a DEFENDER, PRESERVAR Y DIFUNDIR. No hacerlo es no acatar la sentencia del tribunal, por lo tanto es pasivo de poder demandarlos, toda vez que están plenamente individualizados, como trasgresores de sentencia que hemos aludido en el segundo párrafo de manera clara. En otro momento de la exposición se hablo de la prohibición de la asistencia de menores de edad o suprimir la pica, banderillas o estocada,. Esto violaría el derecho humano a la cultura de quienes participan en ellas como también el articulo 17 que señala el estado peruano y la constitución, incluyendo al Congreso de la República, el deber de preservar las manifestaciones culturales. Los taurinos del Perú estaremos atentos a la gran agenda de trabajo. Iniciaremos una tarea de campo recorriendo todos los pueblos taurinos del Perú para pedirles a los diferentes peñas de los pueblos unión y trabajo en conjunto para revisar la campaña de promesas de muchos congresistas que olvidan la identidad de sus propios pueblo, Como el Ministro Urquizo que olvido hasta las fechas de sus maestrías universitarias y ha mentido al Jurado Nacional del Perú. asunto que también se revisara JUAN RONDINELLI.coracora
DOCTOR: JAIME DE RIVERO BRAMOSIO.- DICTO EXTRAORDINARIA CÁTEDRA DE DERECHO JURÍDICO TAURINO C.C. Martin Cuba Sanchez Ayer miércoles 30 de Mayo, en la Casa Iturry.- El Centro Taurino de Lima, con el tema "La Defensa de la fiesta desde la cultura y las leyes" expuesto por el Doctor Jaime de Rivero; fue una brillante oportunidad para tomar conocimiento del alcance jurídico, los derechos culturales y las corridas de toros. El amigo abogado, asesor de empresas y periodista taurino aporto un nuevo enfoque para la defensa legal a partir de los derechos culturales amparados por nuestra constitución. Los mismos que no se han tomado en cuenta hasta ahora, tampoco se encuentra en la sentencia del exp Nº 00017-2010-PI/TC publicado el 19 Mayo 2011 del Tribunal constitucional, la misma que declara INFUNDADA la demanda por in-constitucionalidad, prevaleciendo el fundamento de que; los espectáculos taurinos no solo tienen arraigo en nuestra historia, sino que se ha difundido de manera que dicho arte forma parte de las fiestas más representativas de nuestro país, razón por la cual negar el carácter cultural constituye una negación a nuestra propia historia, razón por la cual se le otorga el carácter de cultura a los espectáculos taurinos En su exposición el doctor establece que las corridas de toros están protegidas por el derecho humano a la cultura contemplado en el articulo 2 de la constitución por lo que cualquier prohibición seria inconstitucional En clara exposición de motivos se paso revista a decena de tratados internacionales celebrados, en los últimos 60 años, demostrando que el Perú asume en la comunidad internacional, la obligación de defender, preservar y difundir las diversas manifestaciones culturales del país, entre las cuales se encuentra la tauromaquia. Hasta este punto; consultado por los actos de organizar una exposición taurina en el Congreso de la República por ordenes del actual Ministro URQUIZO y el asesor Roger PANDO, en el mes de Noviembre del año pasado con fines Anti-Taurinos. Alcanzamos una respuesta contundente. El Congreso es un poder del estado y de por-medio existe la sentencia del tribunal constitucional que obliga al estado a DEFENDER, PRESERVAR Y DIFUNDIR. No hacerlo es no acatar la sentencia del tribunal, por lo tanto es pasivo de poder demandarlos, toda vez que están plenamente individualizados, como trasgresores de sentencia que hemos aludido en el segundo párrafo de manera clara. En otro momento de la exposición se hablo de la prohibición de la asistencia de menores de edad o suprimir la pica, banderillas o estocada,. Esto violaría el derecho humano a la cultura de quienes participan en ellas como también el articulo 17 que señala el estado peruano y la constitución, incluyendo al Congreso de la República, el deber de preservar las manifestaciones culturales. Los taurinos del Perú estaremos atentos a la gran agenda de trabajo. Iniciaremos una tarea de campo recorriendo todos los pueblos taurinos del Perú para pedirles a los diferentes peñas de los pueblos unión y trabajo en conjunto para revisar la campaña de promesas de muchos congresistas que olvidan la identidad de sus propios pueblo, Como el Ministro Urquizo que olvido hasta las fechas de sus maestrías universitarias y ha mentido al Jurado Nacional del Perú. asunto que también se revisara JUAN RONDINELLI.coracora
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